La convocatoria para solicitar becas y ayudas para alumnos con necesidad específica de apoyo educativo para el curso 2022-23, publicada el pasado 18 de mayo de 2022, finaliza su plazo de solicitudes el 30 de septiembre de 2022.
Toda la información necesaria está disponible en los siguientes enlaces:
- www.educacionyfp.gob.es/servicios-al-ciudadano/catalogo/estudiantes/becas-ayudas/para-estudiar/artisticas/necesidad-especifica-apoyo-educativo.html
- Tipos de ayuda – Ayudas de apoyo educativo – Becas y ayudas para estudiantes | Ministerio de Educación y Formación Profesional (becaseducacion.gob.es)
La solicitud ha de hacerse a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación y Formación Profesional, para lo que habrá que registrarse previamente siguiendo los pasos que se encuentra en los enlaces facilitados, salvo que ya esté registrado de cursos anteriores.
Acceso al servicio online:
- Con Cl@ve, DNI-e o certificado electrónico, si disponen de ellos.
- Con usuario y contraseña (registrándose previamente). Esta contraseña la necesitará consultar el estado de la beca y para solicitar becas los próximos años. Si accede de esta forma, necesitará que rellene la solicitud, imprima el PDF que se genera y lo presente en el centro antes del 30 de septiembre. En el documento estarán contenidos la solicitud que deberá ser tramitada en el centro y los certificados que servirán para justificar que reúne los requisitos para recibir la ayuda.
En algunos casos, es posible que necesite entregar, además, otros documentos. Consulte en el apartado de la web los requisitos para saber qué necesita.
Muy importante a tener en cuenta
- En cuanto a los datos bancarios: debe cumplimentar los 24 dígitos de la cuenta corriente (el alumno tiene que ser titular o cotitular, debe aportar justificante bancario donde aparezca el nombre del alumno). En el caso que los alumnos autoricen a los centros educativos el cobro en la cuenta del centro, deberá aportar certificado de titularidad de la cuenta del centro en el que el alumno está matriculado. Cualquier otra cuenta corriente, dará lugar a la denegación de la ayuda que le hubieran podido corresponder (Art. 1.2)
- En cuanto a las ayudas para alumnado con altas capacidades: la propia convocatoria establece la necesidad de que estas ayudas sean para la asistencia a programas específicos para este colectivo, de donde se deduce que quedan excluidas otras actividades que no se prestan de forma exclusiva para alumnos de altas capacidades, tales como actividades extraescolares o clases de refuerzo (inglés, música, nuevas tecnologías, etc).